Nicolás Maduro, en los pasados días desde la avenida Bolívar (Caracas), indicó que invocaba el artículo 347 de la Constitución de 1999. Con lo cual se atribuye poderes que no le compete.
El Capitulo III de la CRBV: De la Asamblea Nacional Constituyente. Artículo 347 dice: "El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución"
En ninguna parte dice que el Presidente de la República la puede convocar. Este poder es único y exclusivo del PUEBLO!
Lo que si puede hacer basado en el Capitulo III de la CRBV: De la Asamblea Nacional Constituyente. Artículo 348 que dice: "La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Concejos Municipales en cabildos, mediante el voto de dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos o electores inscritas en registro Civil Electoral".
Es decir puede tener la INICIATIVA DE LLAMADO a la Asamblea Nacional Constituyente, así como lo puede hacer la Asamblea Nacional y el pueblo organizado a través de Concejos Municipales, puesto la misma debe ser llamado por alguien pero recalco de nuevo el ÚNICO QUE PUEDE CONVOCAR, ES DECIR ACTIVACIÓN DE LA CONSTITUYENTE ES EL PUEBLO.
Por lo cual, lo que esta haciendo Nicolás Maduro es otro GOLPE A LA CONSTITUCIÓN, él puede tener la iniciativa pero el próximo pasó es CONSULTAR AL PUEBLO SI QUIERE O NO CONSTITUYENTE, así como hizo el Expresidente Hugo Chavez en el año de 1999, cuando se consultó al soberano. En aquel entonces la pregunta fue:
¿Convoca usted una Asamblea Nacional Constituyente con el propósito de transformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurídico que permita el funcionamiento de una Democracia Social y Participativa?
- SI
- NO
Después de esta consulta donde el PUEBLO decide si la constituyente se activa o no, es que se procede a la elección de los constituyentes. Antes !NO!.
Por eso nadie puede dudar en denunciar el GOLPE A LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA QUE HA REALIZADO EL SEÑOR NICOLAS MADURO MOROS.
Fuente: Explicación por parte del Dr. Jesús Rondón Nucete. Profesor de Derecho Constitucional en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de los Andes
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